EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó la demanda en ejecución de sentencia y liquidación de astreinte (sanción económica) contra el Partido Justicia Social (JS), impuesta mediante la sentencia TSE/0022/2025, dictada el 4 de septiembre de 2025, que establecía un pago de RD$1,500 diarios.
Los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Rosa Pérez de García; Pedro Pablo Yermenos Forastieri; Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez, jueces titulares, tomaron la decisión tras constatar que la parte demandada entregó los informes financieros sobre el uso de fondos públicos otorgados por la Junta Central Electoral (JCE), tal como ordenaba el ordinal cuarto del dispositivo de la sentencia.
El Tribunal señaló que la parte demandante alegaba incumplimiento parcial por la falta de entrega de soportes exigidos en el párrafo 7.30 de la sentencia, pero aclaró que dicho requerimiento forma parte de la motivación y no del dispositivo de la decisión. Además, no existía constancia de notificación íntegra de la sentencia a la parte demandada, lo que impedía imputar incumplimiento en ese aspecto.
Según un comunicado, antes de rechazar la demanda el Tribunal ratificó la recalificación del caso como una demanda en referimiento en ejecución de sentencia y liquidación de astreinte, por considerar que era el procedimiento aplicable.
El TSE admitió en cuanto a la forma la demanda presentada el 19 de septiembre de 2025 por el ciudadano Rubén Darío Rodríguez Beato contra el Partido Justicia Social, al cumplir con las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias. No obstante, la rechazó en cuanto al fondo, declaró el proceso libre de costas y ordenó notificar la decisión a las partes vía Secretaría General y publicarla en su portal institucional.
Recurso de impugnación en fallo reservado
De otro lado, el TSE dejó en estado de fallo reservado un recurso de impugnación contra la Resolución 1-2025, emitida por la Dirección Ejecutiva Municipal del Partido Revolucionario Moderno (PRM) del municipio El Valle, en Hato Mayor.
La acción fue presentada por David Ambioris Tiburcio Pérez, José Abelardo Pérez Severino, Eddy Núñez Mejía y José Manuel Javier Cruz. La parte accionada incluye a la Dirección Ejecutiva Municipal del PRM de El Valle y a sus dirigentes Julio Enrique Nolasco (presidente), Porfirio Escarfuller J. (secretario), Manuel de Jesús Nolasco (secretario de organización), José Peguero Sosa (primer vicepresidente), Pedro C. Payano S. (primer subsecretario), Wilkys Jiménez J. (secretario de finanzas) y Martín Sabino Reyes (secretario electoral).
Procesos aplazados
La Alta Corte también aplazó para el jueves 16 de octubre las audiencias de dos procesos contra el Partido Fuerza del Pueblo, con el objetivo de permitir la comunicación recíproca de documentos entre las partes.
Se trata de los expedientes TSE-01-0017-2025 y TSE-01-0018-2025, vinculados a recursos de impugnación y anulación del Congreso Elector Manolo Tavárez Justo, celebrado el 3 de agosto de 2025 en Monte Plata.
Ambos procesos fueron interpuestos de manera separada por Viterbo de la Cruz y Félix Ludovino Aquino Frías contra el Partido Fuerza del Pueblo y la Comisión Nacional Electoral, responsable de la organización del referido congreso.
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